Dos caminos, según tu régimen fiscal
No hay un plan único. En la primera llamada vemos cuál te conviene según cómo tributas — o los dos, si aplica.
Plan Personal de Retiro — Art. 151 LISR
Deduces ante el SAT hasta el tope de ley (el menor entre el 10% de tus ingresos anuales o 5 UMAs). Al llegar a la edad de retiro puedes elegir cómo recibirlo: en una sola exhibición, exento hasta 90 UMAs, o convertirlo en una renta vitalicia de por vida.
Fondo de Inversión — Art. 93 LISR
Sin tope de aportación. Queda exento de impuestos al retirarlo a partir de los 60 años. Común para régimen RESICO.
Optimaxx Plus (Allianz)
El instrumento con el que se maneja el plan: se indexa al S&P 500, con liquidez disponible a partir del mes 19 y bono de fidelidad el primer año.
Protección patrimonial configurable
Bien estructurado, tu capital puede quedar blindado frente a embargos y demandas — una ventaja que a profesionistas y dueños de negocio les pesa tanto como el rendimiento. No es automático: se configura al contratar, y lo vemos según lo que busques proteger.